1ª Ponencia- Agustín García Andrés

La Ley 9/2014 de Telecomunicaciones: Legislación contra los ciudadanos – Agustín García Andrés

El día 29 de Abril de 2014 se aprobó definitivamente la polémica nueva ley de Telecomunicaciones en España. Con el fin de aclarar los puntos mas polémicos de esta ley e informar sobre las diferentes acciones que la ciudadanía puede emprender para evitar el abuso que corporaciones privadas pueden hacer de la ley se convocó una Jornada informativa con juristas, abogados y expertos en la nueva ley de Telecomunicaciones y sus implicaciones.
La primera ponencia es la que presentamos en este artículo, titulada: “La Ley 9/2014, de 9 de Mayo, de Telecomunicaciones: legislación contra los ciudadanos” por Agustín García Andrés, Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto y Licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense y la UNED.

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 La Ley 9/2014 de Telecomunicaciones: Legislación contra los ciudadanos – Agustín García Andrés


La Ley 9/2014 de Telecomunicaciones: Legislación contra los ciudadanos – Agustín García Andrés


Transcripción de la conferencia de Agustín García andrés:
Ponencia Ley9-2014 Mataró AGA ( Click para ver y/o descargar )

El Sr. Agustín García Andrés nos remite esta reflexión que por falta de tiempo no pudo exponer:


Era una preocupación y un reto hablar ante gente tan variada en procedencia y entiendo que también en formación, ya que los juristas nos ponemos pesados muy fácilmente. El tema era especialmente delicado, ya que si quieres hablar como abogado experto te ves obligado a distanciarte un tanto de la Ley o leyes que estás comentando, analizando y criticando, avistándolas con perspectiva.

“Se me quedó en el tintero un asunto principal y en resumen dos ideas más de las expuestas:

Por un lado, los efectos de las Sentencias sobre el transformador de Iberdrola; en un primer momento el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Murcia, en fecha 14 de abril de 2000, disponía que el Sr. Francisco Hernández y su familia no habían de verse obligados a soportar, dentro de su casa, radiaciones superiores a 0,3 micro Teslas, asumiendo el Juez una pericial acreditativa de peligros para la salud por encima del citado valor.

En una segunda Sentencia dictada tras recurso de Iberdrola, que no estaba conforme con la primera Resolución judicial, la Audiencia Provincial de Murcia, en fecha 13 de Febrero de 2001, dijo que de 0,3 microTeslas nada de nada y que la familia no había de soportar inmisión alguna en su domicilio “nada de nada” (inmisión cero). Esa misma Sentencia es la que confirmó el Tribunal Supremo, por Auto de fecha 5 de Octubre de 2005, ante los enésimos intentos de recurso de Iberdrola. NO SOMOS DOMINIO PÚBLICO ELECTROMAGNÉTICO ni lo es nuetra casa. La Audiencia Provincial de Murcia decía algo más; decía que al domicilio particular no habían de entrar más radiaciones ni campos eléctricos que los que generasen los electrodomésticos introducidos voluntariamente en casa por la familia.

Claro está que hablamos de la Ley de Telecomunicaciones; sin dejar de hacerlo, queremos hablar de más cosas y es imposible en poco tiempo desarrollar con enjundia lo que acabo de decir de estas Sentencias de Murcia.

También se me quedó en el tintero, o eso creo, un guiño que quería hacer a los canarios, citando como legislación contra la población las diferentes autorizaciones de prospecciones petrolíferas en las costas Canarias, burlando la normativa más antigua del Código Civil en materia de aguas constitutivas de domínio público. O la legislación permisiva que pretende que la Central Nuclear de Garoña se vuelva a abrir, tras haber superado innumerables prórrogas y excesos de calendario.

Precisamente las vibraciones, las prospecciones… son una acción contra natura (contra la naturaleza y el medio ambiente) que es más que seguro pueden afectar a todo el Globo un poco más que el aleteo de una mariposa en China”.

Agustin Garcia Andres 005

VÍdeos – Jornada de Información sobre la nueva Ley de Telecomunicaciones

Videos – Jornada de Información sobre la nueva Ley de Telecomunicaciones



ENLACE: LA LEY9/2014, DE 9 DE MAYO, DE TELECOMUNICACIONES: LEGISLACIÓN CONTRA LOS CIUDADANOS.
Agustín García Andrés – Licenciado en Derecho por la Universidad de Deusto y Licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense y la UNED.


Buenas tardes,

Agradezco la invitación a participar en esta Jornada y el esfuerzo organizativo de Oikos Ambiental (Montse Ferrer) y Apquira (Santi Cutura), a la vez que quiero agradecer la presencia y colaboración del profesor de Derecho Administrativo de la UAB, Sr. Rafel Audivert i Arau.

Es un placer para mí ocupar estrado, palestra en un equipamiento tan adecuado para impartir el saber como son estas instalaciones del TecnoCampus de Mataró y este Aula de Grados o Aula Master.

PARA Seguir Leyendo CLICAR  AQUÍ

1LEY 31-1987 - 18-12 de Ordenación de Telecs

2LEY 11-1998-24-04 General de Telecs

3LEY 32-2003 - 3-11 General de Telecs


25 DE JUNIO DE 2014- Desde la Escala  (Gerona)
"Remito adjunto los ficheros que facilitarían la total comprensión de mi Ponencia del 19 de Junio 2014.
 Hay un resumen de las leyes sobre Telecomunicaciones antecedentes y la propia Ley 9/2014, de 9 de mayo.  También envío el texto de esta última Ley en la versión del BOE, ya que no sé porqué no os llegó con el envío de los otros tres ejemplares en formato pdf, correspondientes a publicación del BOE.
 Y, finalmente, un interesante envío para quienes se preocupan por la salud en este tema viene constituido por los comentarios y texto de 3 Sentencias más las del caso Iberdrola-Murcia.

AGA".

1 comentario:

  1. El Sr. Agustín García Andrés nos remite esta reflexión que por falta de tiempo no pudo exponer:




    "Era una preocupación y un reto hablar ante gente tan variada en procedencia y entiendo que también en formación, ya que los juristas nos ponemos pesados muy fácilmente. El tema era especialmente delicado, ya que si quieres hablar como abogado experto te ves obligado a distanciarte un tanto de la Ley o leyes que estás comentando, analizando y criticando, avistándolas con perspectiva.




    "Se me quedó en el tintero un asunto principal y en resumen dos ideas más de las expuestas: Por un lado, los efectos de las Sentencias sobre el transformador de Iberdrola; en un primer momento el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Murcia, en fecha 14 de abril de 2000, disponía que el Sr. Francisco Hernández y su familia no habían de verse obligados a soportar, dentro de su casa, radiaciones superiores a 0,3 micro Teslas, asumiendo el Juez una pericial acreditativa de peligros para la salud por encima del citado valor.




    En una segunda Sentencia dictada tras recurso de Iberdrola, que no estaba conforme con la primera Resolución judicial, la Audiencia Provincial de Murcia, en fecha 13 de Febrero de 2001, dijo que de 0,3 microTeslas nada de nada y que la familia no había de soportar inmisión alguna en su domicilio "nada de nada" (inmisión cero). Esa misma Sentencia es la que confirmó el Tribunal Supremo, por Auto de fecha 5 de Octubre de 2005, ante los enésimos intentos de recurso de Iberdrola. NO SOMOS DOMINIO PÚBLICO ELECTROMAGNÉTICO ni lo es nuetra casa. La Audiencia Provincial de Murcia decía algo más; decía que al domicilio particular no habían de entrar más radiaciones ni campos eléctricos que los que generasen los electrodomésticos introducidos voluntariamente en casa por la familia.




    Claro está que hablamos de la Ley de Telecomunicaciones; sin dejar de hacerlo, queremos hablar de más cosas y es imposible en poco tiempo desarrollar con enjundia lo que acabo de decir de estas Sentencias de Murcia.




    También se me quedó en el tintero, o eso creo, un guiño que quería hacer a los canarios, citando como legislación contra la población las diferentes autorizaciones de prospecciones petrolíferas en las costas Canarias, burlando la normativa más antigua del Código Civil en materia de aguas constitutivas de domínio público. O la legislación permisiva que pretende que la Central Nuclear de Garoña se vuelva a abrir, tras haber superado innumerables prórrogas y excesos de calendario.




    Precisamente las vibraciones, las prospecciones... son una acción contra natura (contra la naturaleza y el medio ambiente) que es más que seguro pueden afectar a todo el Globo un poco más que el aleteo de una mariposa en China".

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